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Cómo registrarse como operador de drones en España: quién debe, coste y número en el dron

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Cómo registrarse como operador de drones en España: quién debe, coste y número en el dron

Quién tiene que registrarse como operador de UAS en España, cuánto cuesta, cómo se hace en la sede electrónica de AESA y dónde debe figurar el número de registro.

Antes de pensar en mapas, zonas o distancias, hay un trámite previo que afecta a muchos pilotos: darse de alta como operador de drones. Es un registro público, gratuito y digital, y su ausencia es una de las infracciones que la ley tipifica de forma expresa. Esta guía explica quién tiene que hacerlo, cómo se hace y qué ocurre con el número que te asignan.

Operador y piloto no son lo mismo

La normativa europea distingue dos figuras. El operador es, según la definición que recoge AESA, «toda persona física o jurídica que utilice o tenga intención de utilizar uno o varios UAS». El piloto a distancia es quien maneja los mandos. Si vuelas tu propio dron, eres las dos cosas. Si te contratan para volar un dron de una empresa, el que debe registrarse es la organización para la que operas, no tú como piloto contratado.

El registro lo regulan el artículo 14 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 y, en España, los artículos 48 y 49 del Real Decreto 517/2024. La Dirección de Seguridad de Aeronaves de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es el órgano que gestiona el Registro de operadores de UAS.

Quién debe registrarse

Según AESA, los operadores deben inscribirse cuando se da alguno de estos supuestos:

  • Usan un dron de cualquier masa en categoría específica.
  • Usan en categoría abierta un dron con una masa máxima de despegue (MTOM) de 250 g o más.
  • Usan en categoría abierta un dron que, en caso de colisión, pueda transferir más de 80 julios de energía cinética.
  • Usan un dron con un sensor capaz de capturar datos personales, como una cámara o un micrófono, salvo que cumpla la Directiva de seguridad de los juguetes (2009/48/CE).

La consecuencia práctica es que un dron muy ligero sin cámara puede quedar fuera, pero la mayoría de los drones de consumo llevan cámara y, por tanto, requieren registro aunque pesen menos de 250 g. Si tienes dudas con tu modelo, revisa la ficha del fabricante y la información oficial de AESA antes de volar. Si no sabes en qué categoría operas, tienes la guía de categorías abierta A1, A2 y A3 y clases C0-C4.

El artículo 49 del real decreto añade una condición territorial: la inscripción debe hacerla el operador si es persona física residente en España, o persona jurídica con su centro de actividad principal en España. AESA lo resume así: te registras en el Estado miembro de tu residencia, o donde ejerzas la actividad, y no puedes estar registrado en varios a la vez.

Edad mínima

El artículo 6 fija en dieciséis años la edad mínima para actuar como operador. Eso no impide que un menor vuele: el artículo 7 reduce la edad mínima del piloto a distancia en determinados casos (12 años con un C0 que no sea un juguete en A1, 14 años con C1, con C2 en A2 o A3, o con C3 y C4 en A3). Pero el registro lo hace un adulto, o un joven de al menos dieciséis años.

Cómo se hace el registro

El trámite se realiza en la sede electrónica de AESA, desde la página del registro de operador de drones. Según AESA, es «automático e inmediato» si usas certificado digital. Al completar los campos del registro, el sistema emite automáticamente el número de registro digital único (artículo 49.3).

Algunos detalles que conviene tener presentes:

  • Cuenta y registro son pasos distintos. AESA aclara que la aprobación de una cuenta de usuario no equivale al alta como operador. Debes completar el registro en la aplicación de UAS en los 90 días siguientes a la aprobación de la cuenta; si no, la cuenta se elimina.
  • Extranjeros. Las personas de nacionalidad extranjera que actúen como operador o representante legal pueden registrarse con el sistema e4F, eligiendo la opción sin certificado, según indica AESA.
  • Mantener los datos al día. El artículo 49.4 obliga a los operadores registrados a actualizar los datos que facilitaron.

Cuánto cuesta y cuánto dura

AESA lo dice sin rodeos: «El registro como operador de UAS en AESA es gratuito». Cuidado con las webs que cobran por tramitarlo: el trámite oficial no tiene tasa.

La validez es de tres años en los certificados emitidos después del 25 de junio de 2024, con la fecha indicada en el propio certificado. Los emitidos antes de esa fecha caducan el 25 de junio de 2027. Con cada modificación del registro, AESA actualiza la fecha de caducidad otros tres años. Para renovar se presenta una modificación del registro en la sede electrónica.

El número de registro en el dron

AESA indica que el número de registro de operador debe incluirse en todos los drones del operador. En la página de operaciones en categoría abierta añade que debe ser visible en la aeronave cuando está en tierra; si el tamaño lo impide, puede ir en el compartimento de la batería, y en réplicas a escala en un lugar que no comprometa el realismo.

Los drones con clase C1, C2 y C3 deben llevar además identificación directa a distancia desde el 1 de enero de 2024. Ese sistema permite cargar el número de registro del operador y lo emite periódicamente mientras vuelas.

Qué pasa si no te registras

La Ley 21/2003 de Seguridad Aérea tipifica en su artículo 45 ter, como infracciones leves en materia de UAS, no estar inscrito como operador cuando el registro es exigible, suministrar o mantener información inexacta o incompleta en el registro, y no haber incorporado el número de registro digital único en el dron. El artículo 55 fija para las infracciones leves un apercibimiento o una multa de 60 a 45.000 euros. Tienes el cuadro completo de sanciones en la guía de seguro, multas y responsabilidades del piloto.

Después del registro

Registrarte no te da permiso para volar en cualquier sitio. Solo cumple una obligación administrativa. Para saber qué te toca a continuación, comprueba si tu dron exige formación (formación A1/A3: examen y dónde se hace) y consulta siempre las zonas geográficas del lugar de vuelo (tipos de zona) en el mapa oficial de ENAIRE.

Preguntas frecuentes

¿Cuesta dinero registrarse como operador de drones?

No. AESA indica en su web que el registro como operador de UAS es gratuito.

¿Qué edad hace falta para ser operador?

El artículo 6 del Real Decreto 517/2024 fija en dieciséis años la edad mínima para actuar como operador de UAS.

¿Dónde tengo que poner el número de registro?

En todos los drones del operador. En categoría abierta, AESA indica que debe ser visible en la aeronave cuando está en tierra, y que si el tamaño lo impide puede ir en el compartimento de la batería.

Publicado el 30 de octubre de 2026

Consultar el mapa oficial de ENAIRE